De 1895 a1907 Actas de Subastas
Se realizaban en el local de la Escuela recién estrenada..(Hoy es la Sociedad "La escuelica").
En las Actas, el Pliego de condiciones para el arriendo se repiten, sólo varían las cantidades que cada arrendatario debía pagar al Concejo y en el caso del arriendo de la Carnicería, el nº de cabezas de ganado que el arrendatario puede echar a pastar en las hierbas comunales.
Además del arrendatario principal, pueden participar otros vecinos en el arriendo o postores de otros pueblos, siempre que cumplan el Pliego de condiciones.
El arriendo de la tienda Abacería siempre tuvo mayor dificultad para llevarse a cabo. Hubo años en que hizo falta convocar tres subastas.
El arriendo era anual, excepto la Carnicería, que era cada 6 meses.
Fue la manera en que las arcas concejiles se nutrían.
1895. Arriendo de la Carnicería
En el local de la escuela, a viva voz y bajo el Pliego de condiciones:
1. De junio a noviembre, por 12 duros o 60 ptas.
2. El rematante estará obligado a vender carn de oveja y cordero toda la temporada sin que falte en la tabla a los precios de 1,65 ptas kilo de carnero y a 1,30 ptas. la de oveja y cordero.
3. El rematante podrá tener libremente en los pastos comunales 12 cabezas durante el tiempo del arriendo, sin cargo alguno, custodiadas por el pastor del pueblo.
4. Nadie podrá vender carne en perjuicio del arrendatario, ni introducir en el pueblo bajo ningún pretesto y al que lo hiciere le será decomisada la carne, pagando además 2 ptas de multa por cada carnicera que se le ocupe y lo mismo por cada menudo.
5. Todo vecino podrá matar carne de su propiedad para su consumo, pero no podrá dar ni vender a nadie del pueblo ni de fuera.
6. El que desee, podrá dedicarse a la venta de carnes, solicitándolo y tomando parte en el arriendo con arreglo a la circular del 6 de junio der 1868 o abonando al rematante un impuesto de 25 céntimos por cada kilo ce carnero y 18 céntimos por kilo de oveja y cordero.
7. El rematante queda obligado a matar la carne de venta en su despacho u otro puesto del pueblo sin que en manera alguna se le consienta traerla muerta de fuera.
8. La carne destinada a la venta será suficiente y buena reuniendo las condiciones y reglas de sanidad e higiene, previo reconocimiento oportuno.
9. El rematante para su adjudicación deberá presentar un fiador abonado a satisfacción del concejo o junta.
Firman Fermín Ayerra, Florentino García, José Mª Eslava, Braulio Eguaras, Francisco Eguaras, Nicolás Pérez, y el secretario Antonio Eslava.
En la subasta salió elegido Venancio Arizcuren vecino de Rípodas y presentó por su fiador a Ignacio Azcárate vecino de Tabar.
1896. Arriendo del Garapito. (o Carapito, vasija para medir el vino. 11,77 litros).
En el local de la escuela, a viva voz y bajo el pliego de condiciones que ha de regir el mismo:
1. Nadie podrá vender vino ni aguardiente al por mayor, sin que se venda por el rematante con el cántaro del pueblo y el que lo haga pagará 1 pta. por cada cántaro que vendiere por vía de defraudador.
2. los derechos que tendrá el rematante por medir será de 5 céntimos por cántaro garapito, con la obligación de ayudar a cargar las caballerías de arrieros y carros que concurran.
3. El rematante pagará 80 duros, o sea 400 ptas.
4. El rematante entregará la renta al Depositario del pueblo, trimestralmente.
5. El rematante presentará fiador abonado a satisfacción del concejo.
6. El arriendo comenzará el 30 de noviembre y finalizará al año siguiente el mismo día.
Salió elegido como rematante Agapito Ochagavía, pero Bonifacio Beorlegui ofreció 120 duros y se le concedió el arriendo, el cual puso por fiador a Gabriel Alzueta, vecino de Tabar.
1896. Arriendo de la Taberna.
En el local de la escuela, a viva voz y bajo el Pliego de condiciones...
1. El rematante pagará 50 ptas al año.
2. Nadie podrá vender vino ni aguardiente al pormenor, no siendo de su propia cosecha bajo multa de 1 pta por pinta que vendiere que será en beneficio del rematante.
3. El rematante estará obligado a vender vino y aguardiente de buena calidad, sin que falte nunca en su establecimiento, bajo pena de perderlo todo lo que no sea vendible, previo reconocimiento por peritos.
4. El vino deberá venderlo 2 maravedíes más caro que lo que vale el cántaro si es del pueblo y 3 maravedíes si lo trae de fuera y en este caso lo justificará con un certificado en que conste su compra y precio.
5. El alcalde nombrará a dos personas para probar la suficiencia del vino y aguardiente como la legitimidad del certificado.
6. El establecimiento deberá estar cerrado durante los oficios de la iglesia, sin que quede en él persona alguna que no sea de la familia.
7. El rematante prestará fianza en el acto del remate y entregará el importe del remate al final del año.
Fue admitida la postura de Celestino Eslava, ofreciendo las 50 ptas, que no habiendo quién ofreciese más...puso por su fiador a Gregorio Ardanaz...
1896. Arriendo de la tienda Abacería.
En el local de la escuela, a viva voz y bajo el Pliego de condiciones...
1. El rematante pagará 60 ptas. al año.
2. Nadie podrá vender aceite al por mayor ni menor en perjuicio del arrendatario, so pena de 2 ptas por cada arroba que vendiere y por libras un real, y demás géneros de abacería.
3. El arrendatario estará obligado a vender el aceite y demás géneros de abacería de buena calidad y al mismo precio que se vendan en la villa de Lumbier, bajo pérdida del género si hace otro precio.
4. Respecto al que solicite parte en el arrendamiento, se estará a lo que dispone el Reglamento de la Diputación Provincial.
5. El importe del remate deberá presentarlo el rematante en la Depositaría del pueblo al finalizar el año.
6. El rematante pondrá fiador al rematar el acto del remate a satisfación del alcalde para responder del pago que corresponda.
Bajo cuyas cantidades y condiciones, no hubo quien aceptase la subasta y quedó desierto el remate, debiendo convocar nuevamente.
En la segunda subasta, el rematante fue Niceto García, que ofreció 60 ptas. Puso por su fiador a Ignacio Azcárate.
Firman: el alcalde José Mª Eslava, Niceto García, Ignacio Azcárate y el secretario Antonio Eslava.
1896. Arriendo de la Carnicería.
(Cambian algo las condiciones, por ej. el rematante podrá pastar libremente con 20 cabezas de ganado en las yerbas comunales).
Fue arrendatario Gabriel Alzueta y su fiador Nicolás Pérez de Larraya
1897. Arriendo del Garapito.
Aceptó Agapito Ochagavía, por 63 duros. Fiador Francisco Eguaras.
1897. Arriendo de la Taberna.
El que ofrezca 50 ptas, y cada vez que se oferte, el que ofrezca 2 ptas. más. Quedó sin efecto. En segunda subasta también quedó desierta.
1897. Arriendo de la Abacería.
El que ofrezca 80 ptas. y cada vez que se oferte, el que ofrezca 2 ptas más.
Fue aceptada por Felipe Beorlegui y después de varios tantos y ofrecimientos, quedó el remate en favor del mismo por 102 ptas.
1897. Arriendo de Carnicería.
Quedó desierta. En segunda subasta fue admitida por Pedro Redín y puso por fiador a Saturnino Beorlegui.
Pedro Iriarte, de Rípodas, se ofrece a llevar en arriendo de la carnicería. Quedó rematada en 124 ptas a favor de Pedro Iriarte, y su fiador Ignacio Azcárate.
1898. Arriendo del Garapito.
Arrendatario Agapito Ochagavía y fiador Bonifacio Beorlegui.
1898. Arriendo de la Taberna.
Desierta. En segundo internto salió arrendatario Luis Ozcoidi y fiador Gabriel Alzueta.
1898. Arriendo de la tienda de Abacería.
Arrendatario Sotero Purroy y fiador Saturnino Beorlegui.
1898. Arriendo de la Carnicería.
Arrendatario José Mª Eslava y fiador Miguel Ochagavía.
1898. Arriendo del Garapito.
Arrendador Gabriel Alzueta y fiador Florentino García.
1899. Arriendo de la tienda Abacería.
Arrendatario Felipe Beorlegui
1899.Arriendo de la Taberna.
Dos subastas. Arrendatario Luis Ozcoidi y fiador Agapito Ochagavía.
1899. Arriendo de la Carnicería.
Arrendador Ignacio Azcárate y fiador Fermín Ayerra.
Saturnino Beorlegui tomó en arriendo la 6ª parte de la Carnicería.
1900. Arriendo del Garapito.
Arrendatario Agapito Ochagavía, por 240 ptas. y fiador Gabriel Alzueta.
1900. Arriendo de la tienda Abacería.
Arrendatario Felipe Beorlegui y fiador Francisco Zabalza.
1900. Arriendo de la Taberna.
Arrendatario Gregorio Ardanaz y fiador Gabriel Alzueta.
1900. Arriendo de la Carnicería.
Dos subastas. No se presentó postor.
1901. Arriendo de la Taberna.
Arrendatario Pedro de Andrés, vecino de Dicastillo y su fiador Saturnino Beorlegui.
1901. Arriendo de la Carnicería.
Tres subastas. En la tercera el arrendatario es Pedro Iriarte, vecino de Rípodas y fiador Fermín Ayerra.
1902. Arriendo de la Taberna.
No hubo postor. En segunda subasta, arrendatario Fermín Ayerra.
1902. Arriendo de la tienda Abacería.
Arrendatario Saturnino Beorlegui y fiador Sotero Purroy.
1902. Arriendo de la Carnicería.
Tres subastas. Arrendatario Pedro Iriarte, vecino de Rípodas y fiador Ignacio Azcárate.
1903. Arriendo de la Taberna.
Desierto. En segunda subasta el arrendatario Saturnino Beorlegui y fiador Francisco Zabalza.
1903. Arriendo de la tienda Abacería.
Hasta tres subastas. Arrendatario Saturnino Beorlegui y fiador Francisco Zabalza.
1903. Arriendo de la Carnicería.
Después de 2 subastas, el arrendatario fue Vicente Alzueta y el fiador Ignacio Azcárate.
1904. Arriendo de la Taberna.
Arrendatario Julián Torres y fiador Sandalio Leoz. Ángel Andueza tomó parte en el arriendo.
1904. Arriendo de la tienda Abacería.
Arrendatario Vicente Alzueta y fiador Francisco Zabalza.
1904. Arriendo de la Carnicería.
Dos subastas. Arrendatario Pedro Iriarte vecino de Rípodas y fiador (falta nombre).
1905. Arriendo de la tienda Abacería.
Hubo tres subastas. Arrendatario Ángel Andueza y fiador Miguel Ochagavía.
1905. Arriendo de la Carnicería.
Dos subastas. Arrendatario José Aizcorbe, vecino de Lumbier y fiador Saturnino Beorlegui.
1906. Arriendo de la Taberna.
Dos subastas. Arrendatario Braulio García y fiador Fermín Ayerra.
Nota: Los peritos nombrados para reconocer el vino fueron Agapito Ochagavía y Saturnino Beorlegui.
1906. Arriendo de la tienda Abacería.
Dos subastas. Arrendatario Saturnino Beorlegui y fiador Francisco Zabalza.
Braulio García toma parte en el arriendo de la Abacería.
1907. Arriendo de la tienda Abacería.
Arrendatario Félix Erice y fiador José Mª Eslava.
1907. Arriendo de la Taberna.
Tres subastas. Arrendatario Félix Erice y fiador José Mª Eslava.
Braulio García toma parte en el arriendo.
1907. Arriendo de la Carnicería.
Dos subastas. Arrendatario Pedro del Andrés, vecino de Carcastillo y fiador Saturnino Beorlegui.
1908. Arriendo de la tienda Abacería.
Arrendatario Saturnino Beorlegui y fiador Francisco Zabalza.
1908. Arriendo de la Taberna.
Arrendatario Félix Erice y fiador Saturnino Beorlegui. Canuto Armendáriz tomó parte en el arriendo.
1908. Arriendo de la tienda Abacería.
Arrendatario Saturnino Beorlegui y fiador Nicolás Pérez.
1908. Arriendo de la Carnicería.
Dos subastas. Arrendatario Pedro de Andrés, vecino de Carcastillo y fiador Saturnino Beorlegui.
1909. Arriendo de la tienda Abacería.
Arrendatario Miguel Ochagavía y fiador Agapito Ochagavía.
1909. Arriendo de la Taberna.
Arrendatario Marcelino Pérez y fiador Gregorio Ardanaz.
1909. Arriendo de la Carnicería.
Arrendatario Pedro Arbeloa y fiador Saturnino Beorlegui.
1910. Arriendo de la Carnicería.
Arrendatario Braulio Ibáñez y fiador Félix Erice.
1910. Arriendo de la Taberna.
Arrendatario Ramón Torres y fiador Gregorio Ardanaz.
Pidió tomar parte en el arriendo, Juan Eguaras.
1910. Arriendo de la Carnicería.
Arrendatario, después de varias posturas, Pedro Arbeloa y fiador Saturnino Beorlegui.
1911. Arriendo de la Tabarna.
Arrendatario Victoriano Miguéliz y fiador Fermín Ayerra.
1911. Arriendo de la tienda Abacería.
Dos subastas. Arrendatario Braulio Ibáñez y fiador Félix Erice.
1911. Arriendo de la Carnicería.
Arrendatario Victoriano Miguéliz y fiador Saturnino Beorlegui.
1912. Arriendo de la Taberna.
Arrendatario Ramón Torres y fiador (falta el nombre).
1912. Arriendo de la Carnicería.
Tres subastas. Arrendatario Nicolás Arocena y fiador Saturnino Beorlegui.