Casa Parroquial restaurada hace 4 años
La casa parroquial de Tabar se construyó a mediados del siglo XIX, 100 años más tarde que la restauración de la Iglesia. (1854)
Los últimos 40 años, sin párroco en Tabar, fue arrendada a una familia del pueblo.
En los primeros años del s. XXI estuvo en ruinas y hoy, propiedad de uno de los miembros de la familia Pérez de Rada Cavanilles, ha sido restaurada. Sigue estando deshabitada.
(AGN. F.E.S. Oyarbide. 1.868, nº 68)
Convenio de intereses entre el párroco Don Martín García y Echávarri y los vecinos de Tabar.
"...el cura Don Martín García, 47 años, Felipe Eslava Elduayen 41 años, Matías Zabalza Alzueta 49 años, Antonio Alzueta Zabalza 42 años, Francisco Beorlegui Hugarte 47 años, Bernardo Irigoyen y Tabar 60 años, Ramón Iriarte Lacadena 47 años, Antonio Eslava Beorlegui 40 años, Javier Aristu Agorreta 35 años, Genaro Eslava Elduayen 48 años, Felipe Beorlegui Hugarte 45 años, Gracián Pérez Aristu 49 años, Ignacio Aristu Aguerreta 59 años, Francisco Eguaras Aláiz 49 años, Fermín Murillo Iriarte 45 años, Sebastián Ibáñez Aristu 49 años, José Ángel Ibáñez Iturri 45 años, vecinos todos de este lugar de Tabar, casados, labradores, propietarios, a excepción de Don Ramón Iriarte que es tejedor y Don Antonio Eslava que es secretario del ayuntamiento.
Del conocimiento, vecindad y profesión de los diez y siete comparecientes doy fe yo el notario …Que en el año de 1855, de conformidad de lo acordado unánimemente por los vecinos el año anterior y conforme a lo solicitado por el Patronato de esta iglesia, el Tribunal Eclesiástico concedió permiso al párroco Don Martín García para la construcción de una casa de nueva planta destinada a habitación del cura párroco presupuestada en 26.334 reales vellón, a condición de que los vecinos habían de acarrear todos los materiales, confeccionar la cal y contribuir con todo el peonaje y obligándose el párroco a suplir lo que la obra costase de más a calidad de reintegrarse a los fondos del culto y fábrica de la iglesia sobrantes en los años sucesivos o de la deuda de 14.800 reales que los mismos vecinos tenían a favor de la iglesia.
En aquella época los vecinos hacían a la iglesia la prestación primicial en frutos y cesaron el año de 1854 fue el último que pagaron.
Edificada la casa ascendió su importe a la suma de 31.893 reales, sin contar con el valor del trabajo prestado por los vecinos, esto es 4.169 reales más y los 1.392 reales que importó la compra del solar con los derechos de escritura, licencia y demás.
Los vecinos pidieron información de la cuenta formada por el párroco en 1861, y atribuyendo el mayor coste de la obra a las mayores proporciones que se quiso dar a la casa y a la ostentación con que fue construida, pidieron al dicho Tribunal eclesiástico que se les abonase el valor de los materiales y trabajo que habían suministrado para la obra y al párroco, descontados los 10.220 reales que en ella había …a favor de la iglesia lo que faltaba hasta igualar los 26.334 reales presupuestados.
Y seguidos con este motivo los correspondientes autos en ese Tribunal …recayó sentencia de juicio que no ha sido apelada por ninguna de las partes, por lo cual, tocante a las cuentas de la fábrica de la casa parroquial, aunque con rebaja de algunas cantidades pequeñas procedentes de equivocaciones de sumas y del importe de las persianas que se han considerado como objeto de pura comodidad o lujo, con cuyas rebajas ha quedado reducido el total de la cuenta a 31.323 reales, de los que teniendo cobrados la iglesia 10.222 reales, sólo le falta percibir 21.101 reales.
Por dicha sentencia se admite y reconoce a favor de los vecinos para que les sirva de abono en la cantidad de 14.800 reales que adeudan a la iglesia, el importe del peonaje y conducción de materiales para la obra, según la tasación presentada, aunque con reducción de las cantidades que para estos objetos y compra de cal invirtió el cura párroco importantes en junto 1.578 reales, mas la cuarta parte de lo que resulta abonable al pueblo equivalente a 2.175 reales en que prudencialmente se computa el valor de aquellos trabajos prestados en día festivo...,
Resultando que con estas deducciones el total que se abona a los vecinos es 6.525 reales vellón.
La misma sentencia manda distribuir el fondo de 14.800 reales que deben los vecinos, única cantidad con que actualmente cuenta la iglesia para hacer frente a estas atenciones entre el párroco y el pueblo, proporcionalmente a lo que debe percibir cada uno, afrontando los vecinos en el término de un mes al cura párroco, la parte que le toca percibir a éste y que se cubra el resto que falta para el reintegro de ambas partes de las economías que juntas puedan hacerse sucesivamente en los fondos de fábrica.
Y por último, la sentencia exhorta a los vecinos, que siendo consecuentes en sus promesas, procuren contribuir con los recursos que les sea posible a fin de extinguir la carga que pesa sobre la iglesia.
Así pues los vecinos, siguiendo los consejos del Tribunal y para mejor relación con el párroco desentendiéndose del abono de los 6.525 reales que les hace la sentencia por importe del peonaje y conducción de materiales para la obra, cuyo abono renuncian, han convenido con dicho párroco en satisfacerle los 21.101 reales vellón a que asciende el importe de la casa con deducción de los 10.222 que tiene sobrados la iglesia en la forma que luego se expresará, dejando así sin efecto la referida sentencia. …se comprometen a satisfacer al párroco los 21.101 reales…en plazos iguales de 3.517 reales…el párroco acepta esta obligación y piden al vicario general se sirva aprobar esta transacción…"