Personas que vivían en casa Juanfor en 1857.
(AMUB, caja nº 2)
(DOCUMENTACIÓN MEDIEVAL DE LEIRE (siglos IX a XII): Angel J. Martín Duque. Pamplona, 1983) (En la pág. 519 del Índice alfabético de esta obra, llama la atención los García Enecoiz)
"García Necones, García Ennecones: 12, Garsia Enecoiz: 137, Garsias Enecones: 161, Garsia Enegones: 295, Garsias Ennecones, meskinus:250, Garsia Enneconis, señor: 69, Garcia Enecones, señor: 208, Garsia Enecones, señor: 220, Garcia Enneconis, señor, maiordomus: 68, 70, 71, Garsias Enecones, tapiero: 236, García Enecones, prior in Irach: 176, Garsias Eneco de Adansa: 258, garsia Ennecones de Agüero: 265, Garssia Ennecones de Aiessa: 60, Garsias Ennecones de Aoz, señor: 243, Garsia Enecones de Venaza: 128, Garsia Ennecones de Capanas, señor: 291, Garcia Enecones, señor, in Elisu: 69, Garsia Ennecones de Lacar, señor: 142, 163, Garcia Ennecones de Mentineta, señor: 146, Garsia Enecoiz de Miranda: 137, Garsia Ennecones de Petralta, señor: 50, 53.
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(AGN. Proceso 324018. Escribano Juan de Suescun. 1566)
Juan Ibañez de Tabar contra Juan Fuertes y consortes sobre un arriendo. Ibáñez no pagaba debidamente el arriendo de las tierras de los huérfanos menores de casa Alzorricena de Tabar, luego llamada "Erderasena". Juan Fuerte y Juan de Alzórriz eran los parientes más próximos de los menores de casa Alzorricena.
Ibañez recurre la sentencia que le obliga a pagar 7 cahíces de trigo por el arriendo de las tierras de los hijos menores de casa Alzorricena.
Juan Fuerte contra Juan de San Vicente. En Lumbier…, ante el señor alcalde parecieron Juan Fuerte vecino de Tabar y Juan Alzorriz vecino de Alzorriz contra Juan Ibáñez vecino de Tabar…
Don Felipe por la gracia de Dios…al alcalde ordinario de la villa y mercado de Lumbier como lugarteniente hacemos saber que de parte de Joan Ybañes vecino de Tabar, ante nos y los alcaldes de nuestra corte mayor se presento la petición siguiente: Juan Ibañez vecino de Tabar dice que el alcalde ordinario de la villa de Lumbier ha declarado esta sentencia contra el suplicante a pedimento de Juan Fuerte y habiendo apelado en tiempo y en forma no le ha querido otorgar la dicha apelación... Suplica a S M mande proveer de mandato de alza en la forma ordinaria y ... pide justicia ..Juan de Guzmán.
Poder dado por Juan Fuertes contra Juan Ibañes. Juan Fuerte vecino de Tabar y Juan de Alzorriz vecino de Alzorriz contra Juan Ibañez residente en dicho lugar de Tabar sobre ciertos tributos de unos bienes de Pedro de Alzorriz difunto cuyos tutores son los dichos constituyentes.
Guzmán procurador de Ibañes vecino del lugar de Tabar…Ibañes fue condenado a pagar 7 cahíces de trigo y las costas a darlos y a pagarlos a Juan Fuerte vecino de Tabar y a Joan de Alzórriz vecino de Alzórriz como tutores que dicen ser de los hijos de Pedro de Alzórriz ya difunto vecino de Tabar..
Respuesta de Juan Fuerte y Juan Alzórriz a los agravios de Ibañes. Declaro en nombre de Juan Fuerte vecino de Tabar…y Joan de Alzorriz…tutores de los hijos de Pedro de Alzorriz vecino de Tabar digo que no obstante el escrito de apelación que se ha presentado en la Corte, Joan Ibáñez vecino de Tabar contra la sentencia y declaración que ha leído…. Que habiendo reconocido las tierras Joan de irigoyen vecino de Nardués y Martín de San Vicente vecino de Tabar, calcularon lo que debía pagar Ibañes por el arriendo de las tierras de los hijos menores de Pedro de Alzorriz…7 cahíces de trigo
Joan de Guzmán procurador de Bañes
Larramendi procurador de Fuertes y Alzorriz…
Testigos: Martín de San Vicente. Juan de Grez, Joanes de Meoz, Simón de Meoz, Joan de Jacoiste, Joan Xemeniz mozo…
(Caja 13274. Juan de Berrio. 1672, nº 53).
Escritura de venta perpetua y quitamiento otorgada por Graciana Ximénez viuda, vecina de Tabar, a favor de Juan de Izco.
En Tabar, diciembre dic 1672,…de una parte Graciana Ximénez viuda, dueña y propietaria de la casa que llaman de Juan Fuerte de este lugar y de otra parte Juan de Izco vecino de Tabar, …y la dicha Graciana Ximénez dijo que por esta escritura vende 2 piezas de tierra blanca que tienen en este lugar propias en Omborrecocelaya de 5 robadas afronta con pieza del Herrero y de Iribarren y de Labari y con faitía de la dicha vendedora, por 25 ducados, en que ha sido estimada por Martín de Zuazu y Bernardo de Elduayen y la segunda pieza es de 2 robadas y 10 almutadas en la parte que llaman la Cabezada de Oizcoeuncea, afrontada con pieza de Pedro Díez, de la casa de Alcorriz y de Irigoyen, por 10,5 ducados, vareada y estimada por los mismos a razón de 4 ducados por robada …porque sobre casa Juanfor tiene fundados el dicho Izco comprador un censo de 20 ducados de principal al 5% y de réditos del dicho censal le está debiendo más del montamiento de las dichas piezas y a cuenta de los dichos réditos se da por bien pagado …montan 35,5 ducados …
(AGN. Martín Brun escribano, 1577, nº 126)
Contrato matrimonial entre Juan Fuertes texedor e Isabel Francés viuda, sept. 1577, ante testigos Martin Fuertes texedor hermano de Juan Fuertes vecino de la villa de Cáseda, y por la otra parte Juan de Cuncarren y Martín de Aibar vecinos de la villa de Sangüesa como cuñados y conjuntas personas de Isabel Francés viuda asi bien vecina de la dicha villa…
(AGN. Proceso 029017. 1588).
"Juan Rodríguez e Imperia de San Vicente su mujer, vecinos de Tabar, contra Luis de Villava y María Martín de San Vicente vecinos de Tabar, sobre restitución de una viña de 8 peonadas en el camino de Nardues-Aldunate, del legado testamentario de Juan de San Vicente."
(AGN. Juan Berrio, 1651).
Tabar. Escritura de venta perpetua por Martín de Iribarren y su mujer Joana de San Miguel y su madre y suegra, en favor de Juan de Izco cuyo es el palacio de dicho lugar de Tabar....una viña en saso viejo de una peonada y 23 baras y media afrontada de una parte a plantado del mismo Izco comprador y de otra parte con viña de los mismos vendedores y de otra con viña de Pericorena y con senda y camino que van al río. Así bien le venden para perpetuo una huerta con su pared y arboleda. ...tasadas por Martín de Cuacu y Bernardo de Elduayen en 15 ducados y 37 tarjas y la dicha huerta tasada por Gracián de Yoldi cantero por la suma de 5 ducados y medio, que afronta la dicha huerta con otra de Bernardo de Elduayen y de otra parte con huerta de Joan Pérez de Ardanaz y con casa de Gracián de Yoldi cantero y calle pública...libres de deudas seculares y eclesiásticas y por descender de hijosdalgo, para perpetuo desistían para si y sus hijos herederos y sucesores...
(AGN. Juan de Berrio, 1672-73, nº 53)
"Tabar. Escritura de venta de Graciana Ximenez de Ugarra Íñiguez, viuda de Pedro Sanmiguel, a favor de Izco.
Graciana dueña y propietaria de la casa llamada de Juan Fuerte de este lugar…dos piezas de tierra blanca que tiene propias suyas en la parte llamada Omborrecocelaya de 5 robadas afrontada con pieza de la casa del Herrero, con pieza de la casa de Iribarren, con pieza de la casa de Labari y con faitío de la vendedora, por la suma de 25 ducados a razón de 5 ducados la robada estimación hecha por Martín de Zuazu nombrado por parte de la vendedora y por el comprador Juan de Izco por Bernardo de Elduayen ambos labradores vecinos de este lugar y bareado por ellos mismos...
... y la 2ª pieza que vende es de dos robadas y 10 almutadas de sembradura en la parte llamada en la cabezada de afrontada con pieza de la casa de Pedro Díez, de la casa de Alzórriz, y con pieza de la casa de Irigoyen, por la suma de 10 ducados y medio bareada y estimada por los mismos a razón de 4 ducados por robada.
Felipe Labari testigo. No firmaron la vendedora ni el testigo porque no sabían.…firman Joseph de Verrio menor y Joan de Verrio y Juan de Izco.
(AGN. Juan Ignacio Escudero, 1748, nº 22)
Venta con carta de gracia otorgada por Babil Zunzarren y Bernarda Guindano a favor de Cristóbal de Iriarte vecino de Lumbier. …"Cristóbal de Iriarte viudo de esta villa y Babil de Zunzarren y Bernarda Guindano su mujer vecinos de Tabar, ha sido nombrado Juan de Malli vecino de Lumbier…para medir y tasar una viña sita en Zabaletaberría de vitado mazuela…de 4 peonadas a 8 ducados cada una.
Babil y su mujer son donatarios de Bernardo Guindano … y para acudir al remedio de las necesidades de la casa a causa de la esterilidad de frutos del presente año…Bernardo Guindano no acudió a la venta por hallarse enfermo a causa de su edad…la venden por 17 ducados…"
(AGN. Juan Manuel Fernandez de Arizaleta, 1771. nº 112).
Tabar-Guerguitiain.
Contrato matrimonial de Pedro Miguel de Zunzarren Guindano y Josefa de Irigoyen Alberro.
En Tabar, a 17 dias del mes de junio de 1771, en orden al santo matrimonio que mediante la divina disposición e intervención de personas principales se ha celebrado el día de hoy entre Pedro Miguel Zunzarren natural de este lugar, hijo legítimo de Babil de Zunzarren y de Bernarda Guindano ya difunta, y Josefa de Irigoien doncella, natural del lugar de Guerguitiáin, hija legítima de Martín de Irigoien y Martina de Alberro residentes en aquel lugar y para conferir y tratar los capítulos matrimoniales en su razón convenientes en presencia del escribano y testigos infrascritos,
...son presentes los dichos desposados y de parte de él su referido padre y de parte de ella Martín José de Irigoien su hermano donatario universal de sus dichos padres y otros varios deudos e interesados de una y otra parte con cuya asistencia y común acuerdo se capituló lo siguiente:
1º. que los dichos Pedro Miguel de Zunzarren y Josepha de Irigoien deban ser como o son marido y mujer casados y velados según lo ordena nuestra Santa Madre Iglesia y lo dispone el santo concilio de Trento, y se capituló así.
2º. Fue tratado entre las partes y el expresado Babil de Zunzarren dijo que por los contratos otorgados con dicha Bernarda Guindano que los testificó Pedro Ruiz Murillo escribano real ya difunto, que por no tenerse presentes se dejan de calendar, se capituló que uno de los hijos o hijas que tuviesen de su matrimonio heredase los bienes de los padres a voluntad y disposición de éstos, en quienes debía haber facultad necesaria para elegir por heredero o heredera a uno de sus hijos o hijas, con los gravámenes y condiciones...
... y para señalar a los otros sus legítimas a cual más y a cual menos y que por muerte de alguno de los padres sin haberlo hecho tuviese el sobreviviente la misma facultad que es el orden que generalmente se observa en este pueblo y pais sin cosa en contrario. Que sin otra disposición falleció la dicha Bernarda de Guidano su mujer, dejando por sus legítimos hijos al desposado, a Juan Martin de Zunzarren que están sin tomar estado y por lo expuesto procede al otorgante la elección de heredero y señalamiento de legítimas de sus dichos hijos y en vista de este derecho y facultad y ateniéndose a que el referido Pedro Miguel de Zunzarren su hijo ha contraido matrimonio con todo el gusto del otorgante, y que le ha sido obediente y espera le será en adelante, por tenor de la presente bajo los modos y reservas que se expresan y para despues de sus días y no antes....
... dijo el dicho Babil de Zunzarren instituye, elige y nombra por universal heredero de todos los bienes y derechos pertenecientes a la dicha Bernarda Guindano, y que al presente existen, al expresado Pedro Miguel de Zunzarren su hijo, en contemplación del matrimonio que ha contraido con la dicha Josefa de irigoien y para subvenir sus cargas y en la misma contemplacion de sus propios bienes y derechos que al presente tiene, y en aldelante le pudiesen pertenecer, por virtud de legítimos títulos,...
... le hace al mismo donación buena, pura, perfecta e irrevocable que el derecho llama intervivos, protter nupcias de los bienes que en ambos respectos goza y posee en propiedad y posesión pacifica consisten en los que resultan del inventario específico que con arreglo a las leyes ha hecho hoy este día y queda con el presente contrato, cuya institución de heredero y donatario las hace para después de sus días, reservando en primer lugar durante todos ellos el usufructo señorio y manejo de todos los dichos bienes y derechos.
En segundo lugar reserva en los mismos bienes las cantidades necesarias para que con ellas depués de su muerte se le hagan su entierro y funerales en la forma que se acostumbra en este lugar hacer a personas de su calidad y estado.
En tercer lugar reserva sobre los dichos bienes la suma de 15 ducados para disponer de éstos a favor de quien quisiere con que si muriese abintestato queden aquellos a favor de su dicho hijo Pedro Miguel como comprendidos en dichas insitución y donación.
Een cuarto lugar reserva en los mismos bienes las legítimas y dotes de sus dichas dos hijas Felipa y Maria Francisca Zunzarren Guindano para que cuando tomasen estado se le dé con consideración y arreglo a la disposición que al tiempo tuviesen dichos bienes y a las conveniencias que por los estados alcanzasen y hasta el caso de tomarle viviendo en la casa y compañía de este instituyente y desposados y trabajando a beneficio de ella, sean asistidas de lo necesario sanas y enfermas, cuyos señalamientos reserva hacerlos con comunicación de los desposados...
... y si muriese sin haberlo hecho y no conformando los desposados con las susodichas, en este caso los hagan dos parientes que deberán nombrar a sendos y tercero en discorida y lo que determinase la mayor parte se lleve a efecto y si muriesen sus dichas dos hijas o cualquiera de ellas sin tomar estado, se les haga sus funerales correspondientes y no tengan derecho a otra cosa.
Y en 4º lugar al dicho Juan Martín de Zunzarren tambien su hijo que está casado en el lugar de Usun a quien le señaló su dote y legítima y en parte le tiene satisfecho, el resto se le deberá satisfacer por el orden dispuesto en su contrato y con los modos, reservas y calidades expresadas y las demas que se expresarán y con las otras cargas a que están afectos dichos bienes...
... otorga dicha institución y donación del modo necesario en derecho y se obliga a su observancia y a no revocarla por causa alguna y para su firmeza renuncia la ley……advertido de su disposición por mí el escribano de que doy fe enterado de todo,...
... dicho Pedro Miguel de Zunzarren dijo acepta la institución y donación hechas por su padre, con las condiciones puestas y que se pondrán de que es sabedor, a cuyo cumplimiento se obliga y se capituó así:
3º. Martin José de irigoyen hermano de la desposada Josefa dijo …da a su hermana 100 ducados y media cama…en cuatro años…
4º. Que donante y donatarios deban vivir en la misma casa, mesa y compañía y trabajar todos por la conservación y aumento de sus bienes, guardando los desposados al donante como a padre el honor y respeto debido y si entre ellos hubiese discordias, conozcan éstas dos parientes de las partes, procurando la unión de ellas en que tanto interesan y si no obstante esta diligencia continuasen las diferencias y fuese precisa la separación, en este caso, los mismos dos parientes arreglen los modos de ella y si en este arreglamento discordasen aquéllos, entre por tercero el cura que al tiempo fuese de este lugar y lo que la mayor parte de los tres determinase se lleve a efecto, sin que puedan reclamar de ello las contratantes y así se capituló
5º. Martín José de Irigoyen dispone que del dote dado a su hermana, si mueriese sin sucesión pueda disponer de la suma de 50 ducados a favor de quien quisiese y que haciéndosele del mismo dote su entierro y funerales correspondientes y que se acostumbran hacer en este lugar a personas de su esfera y del sobrante deba volverse por reversión al dicho Martín José de Irigoyen dotante si vivo fuese y por su muerte a su sucesor.
6º. Lo mismo dispone Babil de Zunzarren hacia su hijo.
7º. (Irigoyen da a su hermana bastante ropa de distintas clases…)
Inventario de los bienes que tiene Babil de Zunzarren ya suyos como los que goza por usufructuario de Bernarda Guindano su difunta mujer donados a ésta por sus padres y los trata de donar a Pedro Miguel de Zunzarren su legítimo hijo habido de la dicha Bernarda en ontemplación del matrimonio que espera contraiga con Josefa Irigoyen y lo hace por el orden siguiente: Primeramente la casa en que viven con su derecho de vecindad que es la que llaman de Juanfort y se halla separada y contigua a una huerta propia de dos robadas y al pasaje para las eras de trillar y también se halla cerca de la pieza concejil y la dicha huerta afronta a pieza de José de Izco.
Viñas: 48 peonadas. Piezas: 127 robadas de tierra. De éstas declara tiene sembradas de trigo 70 robadas…y cultivadas todas las viñas.
Yerros de labranza: cuatro pares de layas de uso corriente, cuatro azadas, un arpón, una segur, una azuela, tres podaderas, tres hoces de segar, un tajo, un cuitro, cinco rejas, todos de uso corriente.
Ganados: dos bueyes de labrar,… un macho de carga con su baste y adrezos, trece ovejas de parir y siete corderos crías de presente año. Un cerdo de un año.
Cubaje y vino: 32 cargas de cubaje en siete vasos que se hallan en buen estado. Tiene un cubo de 20 cargas de uvas sin pisar. Mas una prensa de rincón con sus yerros y lo adherente, casi nueva. Mas seis comportas. Mas una odrina de cabida de una carga y dos botas de cabida de cinco cántaros cada una, mas existentes 6 cargas de vino barués.
Ajuar de casa y ropa blanca: 6 colchones, cuatro colchillas, cuatro traveseros, ocho fundas, 16 sabanas, un mantel de dos ternas, otro de una terna, ocho servilletas, ocho almohadas, cuatro paños de manos, dos azalejas, una sobrecama colorada, tres mantas blancas.
Ajuares: siete arcas, cuatro mesas, doce sillas , una rada, un pozador, mas cuatro carretones con sus cuerdas, mas dos arcas de tener trigo cada una de cabida de 70 robos.
Cocina: dos sartenes, cuatro asadores, dos calderas la una de cabida de ventidos pintas y la otra pequeña, mas un almirez de metal con su mano de lo mismo, con lo cual y por no recordar tengan más bienes, en este inventario ….a 10 de junio de 1771, siendo testigos Manuel de Elduayen, Juan Luis de Zabalza vecinos de este lugar quienes firmaron por sí y el declarante que dijo no saber y en fe de ello y de su conocimiento yo el escribano JMF Arizaleta.
(AGN, Leonardo Antonio Escudero,1779, nº 43).
"Contratos matrimoniales de Juan Francisco Zabalza y Mª Francisca Zunzarren
En Tabar 10 de mayo de 1779, hoy se celebra el santo matrimonio entre Juan Francisco Zabalza soltero natural de Tabar, hijo de Francisco Zabalza y María Unciti (de casa Simonena) y de la otra Mª Francisca Zunzarren soltera natural de Tabar, hija de Babil Zunzarren y Bernarda Guindano (de casa Juanfor) ya difunta, vecinos todos de Tabar, …a tratar los capítulos matrimoniales:
1. por parte del desposado Juan Luis Zabalza su hermano y por parte de la desposada Juan Martín y Felipa Zunzarren únicos hermanos de aquella vecinos y residente la otra de los lugares de Usun y Ayanz
2. Zabalza lleva a su matrimonio 150 ducados, 80 en dinero, 20 en trigo ajustado cada robo a 6 reales y medio, y los 50 restantes pagaderos en agosto que viene en trigo que rindiera una carga de tierra sombrada y descontado el gasto de su recolección, diezmo y primicias …y el resto del cumplimiento de 50 ducados en cinco plazos y años su mitad en dinero y mitad en dinerada
En Lumbier…presente José Antonio Larrea y Josefa de Irigoyen su mujer, vecinos de Turrillas…y dijeron haber recibido de Juan Francisco Zabalza y Mª Francisca Zunzarren vecinos de Tabar y dueña la última de la casa y bienes y demás pertenecientes titulada de Juanfort, sita en el mismo, por mano de Martín de Imirizaldu su tío vecino de esta villa, la cantidad de 60 ducados de a once reales moneda de este reyno, los mismos le corresponden a la insinuada M Josefa Irigoyen por primer plazo del dote que llevó a su primer matrimonio con Pedro Miguel Zunzarren dueño que fue de la casa que hoy es dicha Mª Francisca Zunzarren hermana de su citado hermano Pedro Miguel Zunzarren, y satisfechos a su voluntad le otorgan quitamiento y carta de pago con expresa condición de no volverles a pedir mas en tiempo alguno…
Imirizaldu dice que los 60 ducados que entrega son pertenecientes a la dotación que llevó a la casa de Juanfort el referido Juan Francisco Zabalza , de todo lo cual me requirieron hiciese auto…
Inventario de los bienes raíces…pertenecientes a las herencias de Babil Zunzarren y Bernarda Guindano ya difunta compuestos de la casa llamada de Juanfort y demás que contendrá: 1º la casa principal en que vive con su derecho de vecindad, que es la que llaman de "Juanfor" y se halla separada y contigua a una huerta propia de dos robadas y al pasaje para las eras de trillar y también se halla cerca de la era concejil y la dicha huerta afronta a pieza de D José Izco.
Viñas: Una de 6 peonadas en Goizcorena, total 48 peonadas.
Tierra: en Arandía una pieza de 9 robadas y otra de 19 robadas. 8 r obadas en Celaya o llano. 21 r, 10 robadas , 1 robada en Sandiliri, 8 robadas en Anduraga... Total: 119 robadas.
Bienes muebles: 16 robos de trigo en ser, siete cargas de vino., 14 sábanas, cuatro colchones de lana. ..
Estos bienes tienen un carga censal y no saben cuánto…debido a los herederos de D Antonio Izco…y también réditos retrasados …
Firman: D Francisco Otano, D Joaquín de Nagore, D Antonio Izco, Juan Luis Zabalza, Juan Francisco Zabalza, Martín José de Orbara, Bernardo Azparren e Ignacio Esandi."
(AGN. Miguel Manuel de Zubiarren, 1799, nº 10)
"Contratos matrimoniales de Juan Antonio García y Micaela Zabalza. (Casa en Nardués).Sepan cuantos los presentes contratos vieren u oyeren como en el lugar de Tabar a 14 de enero de mil setecientos noventa y nueve... matrimonio se ha celebrado entre Juan Antonio García soltero natural del lugar de Nardués hijo legítimo de Felipe y Margarita Latasa ya difuntos y Micaela Zabalza soltera natural de Tabar, hija de Juan Luis Zabalza y Micaela Itoiz sus padres vecinos de Tabar y para conferir y tratar contratos matrimoniales...
Presentes los padres de la desposada, y sua hermanos Ramón y León Zabalza...
Juan Antonio García es heredero de sus padres...
Que haya de tener en su compañía a Carlos y Bautista García sus hermanos…
Inventario de los bienes de Juan Antonio García en Nardués. 1º la casa vecinal con derecho de patronato llamada de Leache que afronta con una huerta de la misma casa de dos almutadas. Un corral afronta a la misma casa, una era de trillar, mas una huerta cerrada de pared… una en el término de Oyoz… 333 robadas total. 94 sembradas.
Linares: un linar en el camino de Lumbier de una robada. Y dos mas de robada.
Viñas, 50 peonadas...
Seis bueyes, un cabalo, cinco cerdos, un macho, 15 cabras…
(AGN, Pedro Garayalde, 1779, nº 98).
Convenios entre Mª Josefa Irigoyen y los herederos de Pedro Miguel de Zunzarren
(AGN, Pedro Garayalde, 1805, nº 79)C
"Contratos matrimoniales de Juan Bautista García Latasa y Luisa Zabalza Zunzarren, heredera de casa Juanfor.
En Tabar…Juan Bautista García soltero, natural de Nardués hijo de Juan Felipe García y Margarita Latasa su mujer, ya difuntos, vecinos que fueron de Nardués, y Luisa Zabalza soltera, natural de Tabar, hija de Francisco Zabalza y Francisca Zunzarren su mujer, vecinos de este dicho lugar y para conferir y tratar los capítulos matrimoniales…presentes los padres de ella, y Juan Antonio García vecino de Nardués hermano del desposado, José León de Zabalza, Juan Bernardo Azparren vecino de Tabar...,
1ª, ...que hayan de vivir como marido y mujer...
2ª. A Luisa la hacen heredera..., la casa con su corral, pajar, cubaje y bodega, viñas, piezas ganados, y demás…
Tienen otras hijas que son Ramona y Bernarda Zabalza Zunzarren sin tomar estado…
Al esposo lo dota su hermano con 160 ducados y el presente día le da 850 reales…reversión de dicho dote si muriese sin sucesión o la sucesión menor de edad…
Inventario de bienes de Francisco zabalza y Francisca Zunzarren, su mujer vecinos de Tabar, y dueños de la casa en él llamada de Juanfort y tratan de donarlos a Luisa Zabalza su hija en contemplación del matrimonio que ha contraído con Juan Bautista García y lo hacen en el modo siguiente hoy 25 de febrero de 1805.
Bienes raíces: primero la casa en que viven con su derecho de vecindad y gozamiento llamada de Juanfort, sita en este lugar, afrontada a pieza concejil y a era de la casa Gaztelondo. Mas una huerta de media robada pegante a la dicha casa, que afronta a pieza de Don Antonio Izco y a la dicha casa.
Viñas: 33 peonadas. Tierra: 126 robadas. Cubaje: dos cubos de a 20 cargas. Una prensa, cinco cubas...
Ajuares: 8 arcas de tener ropa, dos mesas, seis sillas, una artesa con su cernedor, dos radas, un sartén, dos calderos, un cazo, tres asadores, un servidor, una parrilla, diez colchones, veinte y cuatro sabanas, seis almohadas, diez traveseras, cuatro paños de manos, dos sobrecamas blancas, cinco mantas, cinco jergones, cinco carretones, 30 madejas de hilo lino. Dos arcas de tener trigo.
Ganados: 30 cabezas de lanar, dos bueyes, un macho, una cerda, 20 gallinas y un gallo, tres cuartos y medio de tocino, mas,de nueve libras...
Grano: 40 robos de trigo, 8 cargas de vino.
Sementero sembradas de trigo 44 robos , mas 9 de avena y ezcanda.
Ajuares de labranza: tres pares de layas, un ajadón, dos tajos, tres rejas, un cuitro, dos segures, una zuela.
Cargas: un censo debido a D Antonio Izco vecino de Lumbier, cuyo capital ignoran como también los réditos que se deben.
(AGN, Miguel Doncel, 1840, nº 56).
"Contratos matrimoniales de Bernardo Irigoyen y Joaquina García. Guerguitiain-Tabar. Inventario de los bienes que tiene y poseen Juan Bautista García y Luisa Zabalza su mujer vecinos de Tabar, de los cuales trataba hacer donación a Joaquina García su hija en contemplación del matrimonio que ha contraído con Bernardo Irigoyen, hoy veinte y tres de marzo de 1840.
1º) la casa en que viven llamada de Juanfort, sita en dicho lugar, que afronta a pieza concejil y era de la casa de Gaztelondo. Una huerta de una robada que afronta a casa propia y pieza de José de Izco. 51 peonadas de viña. 139 robadas de tierra blanca.
Sembrados 50 robos de trigo, cuatro de ordio, ocho de avena. Tienen existentes cien robos de trigo, seis robos de ordio, cinco de arbeja, veinte y cuatro cargas de vino.
Ganados: tres bueyes, una vaca, con su novilla, una caballería mayor de baste, 34 ovejas, con 24 crías. Cuatro cerdos. Tienen contra sí un censo a favor de Don José Izco.Boda: Bernardo Irigoyen Tabar, soltero natural de Guerguitiain hijo de Martín y Javiera Tabar, ya difuntos y de otra Joaquina García soltera natural de Tabar, hija de Juan Bautista García y Luisa Zabalza vecinos de Tabar, …Joaquina heredera…"
(AGN, Miguel Doncel, 1849).
"Contrato matrimonial de Bernardo García y Mª Ángela Irigoyen. En Tabar, 10 de enero de 1849, en orden al santo matrimonio que el dia 8 del corriente se celebró en Guerguitiáin entre partes de la una Bernardo García soltero natural de este de Tabar, hijo legitimo de Bautista García y Luisa Zabalza y de la otra Mª Ángela Irigoyen así bien soltera, natural de dicho Guerguitiain, hija legítima de Jorge Irigoyen y Antonia Izura vecinos de el ….presentes los padres y Bernardo Irigoyen y Joaquina García su mujer, cuñado y hermana del mismo y los indicados Jorge Irigoyen y su esposa cuya reunión tiene por objeto realizar o elevar a público instrumento las condiciones bajo las cuales ha tenido lugar el enlace conyugal de dichos Bernardo García y Mª Ángela Irigoyen.
1º. …que hayan de vivir como marido y mujer…
2º. que por los capítulos matrimoniales otorgados en 1840 por testimonio del escribano infrascrito para el enlace de Bernardo Irigoyen y Joaquina García, hicieron a ésta donación universal de bienes los referidos Bautista García y Luisa Zabalza….se estableció que uno de los hijos había de ser heredero ….que si Joaquina moría sin sucesión, volviesen los bienes a los donadores, para que nombrasen por heredero a uno de sus otros hijos llamados Bernardo, Francisco y Antonia García y si hubiesen muerto los donadores hiciera el nombramiento la dicha Joaquina a uno de sus citados hermanos ...
Previenen los contratantes que no tienen sucesión los indicados Bernardo Irigoyen y Joaquina García, y según los contratos de 1840, han conformado todos en nombrar por heredero a Bernardo García hermano de Joaquina.
Primeramente dicen dichos Bautista y su mujer, Bernardo Irigoyen y la suya nombran por heredero de todos los bienes raíces y muebles..., al indicado Bernardo García su hijo, cuñado y hermano respectivamente…, (con condiciones de entierros de los cuatro anteriores) y a Francisco y Antonia mientras estén solteros…en la casa…
Que Bernardo Irigoyen y Joaquina G han de poder disponer de 10 pesos…
Mª Ángela aporta 140 pesos. 102 pesos entregados hoy…, en forma esta ¨40 pesos en dinero y el resto en una viña de 4 peonadas en Ascuncia…"
(AGN, Protocolos. Francisco Oyarbide, 1.877, nº 4).
"Capitulaciones matrimoniales de Florentino García Irigoyen y Coleta Berrueta Nievas…por una parte Joaquina García Zabalza viuda de Bernardo Irigoyen, mayor de 50 años, y su hermano donatario Bernardo García Zabalza mayor de 50 años, de oficio labrador, con su esposa Mª Ángela Irigoyen e Izura mayor de 50 años y…
por otra, Marcial Berrueta y Nievas, casado, de oficio labrador, mayor de 40 años, con su hermana Coleta Berrueta y Nievas, de edad de 28 años, acompañada de su marido Florentino García Irigoyen, de oficio labrador, de edad 26 años, hijo de los citados Bernardo y Mª Ángela vecinos y empadronados los tres primeros y el último en el lugar de Tabar…y los Berroeta en el de Zufía valle de Alli,
…contrajeron matrimonio en la iglesia parroquial de Tabar los jóvenes comparecientes Florentino García y Coleta Berrueta cuyo anterior estado era de solteros …formalizan estos contratos matrimoniales Joaquina García y su hermano Bernardo y Mª Ángela el siguiente relato:
-que Joaquina contrajo matrimonio con el finado Bernardo Irigoyen el día 8 de enero de 1.840, y en aquella fecha se hicieron capitulaciones matrimoniales, y Juan Bautista García y Luisa Zabalza finados padres de dicha Joaquina, hicieron a su favor donación de todos sus bienes presentes y futuros para después de sus días…habiendo hecho inventario:…se reservaron 20 pesos fuertes. Bernardo aportó 235 pesos fuertes que le señalaron sus padres Martín Irigoyen y Juana Garro y los hermanos Javiera y Josefa Reta cuya dotación le señalaron con condición de que si resultaba sucesión de su patrimonio y la tal sucesión vivía seis meses, no habría reversión, pues quedaría para la casa de dicha Joaquina, por la cual se le haría su entierro y funerales…, y si no resultara sucesión de dicho matrimonio y aunque resultare, si la tal sucesión no vivía los referidos 6 meses, habría reversión de dicho dote a la casa nativa de dicho Bernardo con descuento de 50 pesos fuertes que para el entierro y funerales quedarían en la casa de la Joaquina.
En la cláusula 7ª se dijo que se concedía facultad a la Joaquina para que si fallecía sin dejar sucesión pidiese dispensa a favor de quien quisiere de 10 pesos fuertes además del gasto de entierro y funerales y el resto de los referidos bienes como también dichos 10 pesos, si la Joaquina no disponía de ellos, volverían por reversión a dichos donadores o al que de ellos viviese para que nombraren por heredero a uno de sus otros tres hijos y si hubiesen muerto para entonces los dos donadores debería la Joaquina nombrar por heredero de los expresados bienes a uno de sus tres hermanos.
El esposo Bernardo falleció sin haber resultado sucesión del matrimonio, habiendo tenido lugar por consiguiente la reversión de su dotación en la forma establecida y los donadores Bautista García y Mª Ángela Irigoyen, que vivían a la sazón en unión con la relatante Joaquina, concertaron el matrimonio de su otro hijo y hermano el compareciente Bernardo García con dicha Mª Ángela Irigoyen que se actuó en 8 de enero de 1849, con cuyo motivo se otorgaron los correspondientes contratos en diez del mismo mes ante dicho difunto escribano Doncel.
En la cláusula 2º de estos contratos hicieron mención de relación de los anteriores y por la cláusula tercera los padres Bautista García y Luisa Zabalza y la relacionarte Joaquina, en concurso de su marido Bernardo Irigoyen que aún vivía, nombraron por heredero de los bienes donados a ella al compareciente Bernardo García, con la condición que a los padres Bautista y Luisa se les había de hacer sus entierros…como a la Joaquina y su marido...según los contratos de 1840, …se reservaban 10 pesos…, (Mª Ángela aportó 140 pesos fuertes que le señalaron sus padres Jorge Irigoyen y Antonia Izura y en la misma cláusula los padres Bautista García y Luisa Zabalza y los hermanos Bernardo Irigoyen y Joaquina García sin perjuicio del nombramiento de heredero hecho en su hijo y hermano Bernardo García, le ofrecieron de dote y legítimas paterna y materna 140 pesos fuertes...
En la cláusula 8ª, se pactó que sin embargo de la nominación de heredero que se llevaba hecha a Bernardo García, éste y su mujer habían de vivir y mantenerse a sus expensas fuera de la compañía de los padres y hermanos hasta que los mismos o el sobreviviente de ellos juzgare conveniente durante su vida llevarlos a su compañía y que entre tanto podrían estos vender, cargar, permutar a su arbitrio los expresados bienes y cuando se verificase dicha reunión se formalizaría el correspondiente inventario.
En la cláusula 9ª se estipuló que los 200 pesos que a Bernardo García se le señalaron para el caso de que resultase sucesión del matrimonio de la Joaquina o de los demás que la misma repita, los llevaría a su libre disposición y en igual forma llevaría también la Mª Ángela los 140 pesos de su dote.
Cláusula 10ª. Bernardo García y Mª Ángela Irigoyen se nombraron mutuamente herederos, pero si fallecían estando en casa de los donatarios, no tendrían derecho a heredar los pesos, sino uno de sus hijos…Habiendo fallecido Bernardo Irigoyen esposo de Joaquina sin dejar sucesión, y difuntos ya Bautista García y Luisa Zabalza, hace ya años que los consortes Bernardo García y Mª Ángela Irigoyen viven en compañía de la hermana Joaquina en la mejor armonía en cuyo estado desistió esta de repetir matrimonio por su avanzada edad de común acuerdo toda la familia han concertado el presente matrimonio de Florentino García hijo de Bernardo y Mª Ángela y sobrino de Joaquina, en quien se han fijado para nombrarle sucesor de la casa.
Así pues Bernardo García y Mª Ángela Irigoyen, Joaquina García, en contemplación al matrimonio que su hijo y sobrino respectivamente ha contraído con dicha Coleta Berrueta…hacen en él nombramiento de heredero…
...el otorgante Bernardo los que adquirió de sus finados padres Bautista García y Luisa Zabalza en virtud de donación en 1849. La madre Mª Ángela de la dotación que aporto al matrimonio y la dicha tía Joaquina de las mejoras que a ella y a su difunto marido puedan corresponder según lo estipulado en los repetidos contratos matrimoniales, por los cuales nombró heredero a su hermano Bernardo en concurso de sus padres y los tres de todos los demás bienes que les pueden corresponder en cualquiera concepto presentes y futuros, con transmisión del dominio directo…y con las reservas y condiciones…
Inventario: Casa principal con su derecho de vecindad calle San Juan, 26, planta baja y dos pisos 16 por 13,5 de ancho, confinante por dcha. con camino público y por espalda con las eras y su mismo camino. Junto a esta casa y formando una sola finca urbana hay una huerta de cabida de 1 robada o sea 8 áreas, y 98,5 centiáreas. Valor 6.050 ptas.
Otra casa situada en calle Descalzos nº 3 planta baja y un piso y mide 5,5 por 8,5 m linda por dcha. con casa de Teodoro Cía vecino de Echauri y por izda con corral de Alberto Calatayud vecino de Lumbier y por espalda con patio de Silvestre Alzueta. 1000ptas.
Fincas: 15 robadas en Imborruturia, 6 r en Llano del río, 5 r en Sasoviejo, 2 r en Imborruturia, 3 r en el mismo, 6 r en Iturrioch, 2 r en el mismo, 5 r en el mismo., en Ardanzabacoiza 3 r, en el mismo 6 r, debajo del corral de Chicarra 4 r, camino Induráin 5 r, en el mismo 5 r, en Anduraga 6 r, en Sandiliri 12 r, en Juanticoerreca 2 r, en Rieca 11 r, en Calera 2 r, en Carasol 6 r, en Zaragoza 4 r, en Cascajo 4 r, en Cerro 3 r, en Llano 12 r, en Repiquetas 3 r, en muga de Nardués 8 r, en Escuncia 3 r, camino Aldunate 5 r, en Aranandía 8 r, en el mismo 2 r, en Saso nuevo 9 peonadas de viña, otra de 6 en el mismo, en Sasoviejo 9 p, en el mismo 25 p, en Vizcarra 5 p, Ezcuncia 4 p, en camino Nardués 4 p, en el mismo 5 p, camino Vesolla 12 p, campo sembrado en Llano 1,5 r, una era de trillar situada junto al pueblo de media robada o sea 4 áreas y 49 centiáreas, En Lumbier: campo sembrado junto a Borda blanca 6 r, en saso viejo 2 r,
Bienes muebles: 13 camas completas con todo lo correspondiente y necesario a ellas, además dos colchones una colcha, ciento cinco sabanas cien varas de lienzo de hilo en pieza, catorce almohadas, seis manteles de mesa, cuarenta y tres servilletas, diez y siete ordinarias para el uso de la cocina, ocho sobrecamas blancas y siete de color, veinte toallas, ocho mantas, cinco pabellones, 24 sacos, dos sacas, una de 9 robos y otra de 7, dos mantas para la era, un reloj de pared, tres roperos, seis arcas para ropa, dos id para grano de 60 robos cada una, un baúl, cinco mesas, dos grandes y tres pequeñas, treinta y seis sillas de paja, diez y ocho id de madera, un torno para cerner, dos artesas para amasar, capachos para grano una de doce robos, otra de veinte, otra de siete y tres de cuatro, treinta láminas, tres espejos, un brasero, un calentador, un velón, cuatro candeleros, cuatro erradas, y todos los demás efectos necesarios para el servicio de la cocina. Toda la vajilla blanca fina para el servicio de la casa, como asímismo la de barro, botellería y vasos, tres tinajas, dos escaños y un banco respaldo.
Cubaje: 80 cargas de cubaje para vino…
Labranza: los necesarios de labranza…dos pares de bueyes, dos caballerías, lo necesario para cuatro hombres de labranza.
Ganados: 6 vacunos, 2 bueyes, 1 vaca, 2 caballos de trabajo, 1 yegua de criar, 1 mula, 34 cabezas de ganado menudo, 23 corderos, 6 cerdos….
Existencias: 180 robos de trigo de existencia, 20 robos de harina, 20 de cebada, 10 de avena, 16 de beza, 20 de alfalfa, 6 de arbeja, 12 de maíz, 40 cargas de vino, 14 cántaros de aguardiente, 60 robos de trigo sembrado, 4 de cebada, 24 de avena, 2 de gerón, 3 de alvolba,
Créditos: por contribución para la guerra, 3.700 reales o sea 925 ptas.
Deudas: 120 ducados a favor de Calatayud, de Lumbier, al 5 % y están al corriente.
Las fincas están todas libres de cargas…
Condiciones: además de Florentino, tienen otro hermano llamado Aniceto de 22 años que vive en compañía de la familia, ha de continuar…que cuando fallezcan sus padres y tía deberá ser adotado…conforme al estado en que se encuentre la casa…
Coleta aporta 22,5 onzas de oro….(su padre Marcial Berrueta no pudo asistir por su avanzada edad, asistió su hermano Marcial Berroeta Nievas) …y una pieza de lienzo del país de 100 varas valor de 150 ptas.
Firman Bernardo y Florentino García y Marcial Berrueta hermano de Coleta y Coleta Berrueta.
(AGN.Caja 12093, nº41. Oyarbide, 1878).
"Inventario recibido por Mª Ángela Irigoyen Izura, 50 años, viuda de Bernardo García Zabalza... Dos casas, 42 fincas rústicas, 2 campos en Lumbier, 2 bueyes, 2 caballos, 1 yegua, 1 mula, 32 cabezas de ganado menudo, 25 cabras. 50 robos de trigo, 6 robos de veza, 20 de alfalfa, 22 cargas de vino, 4 cántaros de aguardiente, 60 robos de trigo sembrado, 24 robos de avena sembrados, 2 robos de gerón sembrado, 3 de alvolva.
Florentino García hijo casado con Coleta Berrueta aportó 22,5 onzas de oro=1800 ptas; 960 el día de la boda y el resto en 6 plazos..."
(AGN. Francisco Oyarbide. 1887. 66)
Capitulaciones matrimoniales de Aniceto García Irigoyen y Catalina Iribarren Abínzano. Comparece Mª Ángela Irigoyen Izura viuda de Bernardo García y su hijo donatario Don Florentino García Irigoyen casado labrador, con su otro hijo y hermano
Aniceto García Irigoyen labrador, de 23 años, y por otra parte Miguel Mª Iribarren y Satóstegui agrimensor, casado, y su hijo donatario Don Joaquín Iribarren y Abínzano casado labrador, ambos mayores, con su otra hija y hermana
Catalina Iribarren y Abínzano 26 años, vecinos los tres primeros de Tabar y los tres últimos de Redín, valle de Aizoáin, …que Aniceto y Catalina solteros contrajeron matrimonio el día de ayer ...
Antecedentes: que con motivo del matrimonio de Florentino con Coleta otorgaron contratos ante el presente notario 1877, por los que su marido Bernardo García y su hermana Joaquina García difuntos nombraron heredero a dicho Florentino…una condición fue que cuando su hermano Aniceto tomara estado …debería ser adotado de los bienes donados con arreglo al estado en que a la sazón se encontrase su casa ….
Que no teniendo sucesión después de 10 años, Florentino y Coleta, han concertado el de Aniceto, a quien además de señalarle sus legítimas se proponen nombrarle heredero para el caso de que ocurra lo previsto en el pacto sexto de los citados contratos.
Como legítimas le dan 22 onzas de oro igual a 1.700 ptas. de las cuales 640 en el día de la boda y las restantes en cinco plazos de un año, el derecho de habitar una casa con ciertas condiciones en pago a la legítima paterna y materna..
Mª Ángela Irigoyen y su hijo Florentino García …para después del fallecimiento de la madre Ángela hacen el nombramiento de heredero en Aniceto…éste acepta.
A Catalina la adotan con 22 onzas de oro y una cama de hierro que se valora en 25 ptas…un colchón…una colcha. Dos sábanas, …
Condiciones: que los jóvenes casados han de vivir en la casa que Ángela y Florentino tienen en la calle Descalzos nº 3…"
(AGN. Juan Manuel Fdz de Arizaleta. 1768, nº 70).
(un hijo de casa Juanfor se casa a Usún)
Usún-Tabar. Contratos matrimoniales de Juan Martín de Zunzarren y Vicenta Tabar y dentro de ellos el inventario de bienes. (En Adansa, En Domeño, en Zabalza tiene casas en los tres lugares, 3. tiene bastante hacienda).
Él soltero de Tabar, hijo de Babil de Zunzarren y Bernarda Guindano ya difunta…y Vicenta Tabar viuda de Miguel Ximénez de Orradre hija de Martín Tabar y de Catalina Labiano ya difuntos vecinos de Orradre (ella se caso en 1756 con Miguel Ximénez)
Personas que habitaban en casa Juanfor en 1881